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Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo tiene como principal objetivo lograr la inserción laboral de todos los penados mediante la formación y el trabajo, proporcionándoles conocimentos y hábitos laboralres para que, una vez alcanzada la libertad, puedan competir en condiciones de igualdad con el resto de los ciudadanos.

Cooperative Stores

Economatos

La Ley Orgánica General Penitenciaria ( Art.24) permite a los internos la adquisición por su propia cuenta de productos alimenticios y de consumo dentro de unos límites fijados reglamentariamente.

Para el desarrollo del precepto anterior la Institución Penitenciaria cuenta con un servicio de economato a favor de los internos que permite disponer de un sistema de adquisición de productos de naturaleza complementaria a los facilitados por la propia Administración. (Art. 298 del Reglamento PenitenciarioR.P.)

La gestión del servicio de economato para la venta a los internos de dichos productos podrá llevarla a cabo (Art. 300 R.P.)

a) La propia Administración Penitenciaria
b) El Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
c) Empresas externas adjudicatarias por contrato

En la actualidad es el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el empleo quien tiene encomendada la gestión del servicio de economato de prácticamente la totalidad de los Centros Penitenciarios españoles ( excepto los ubicados en la Comunidad Catalana por tener transferidas las competencias en materia penitenciaria).

La gestión de los economatos por el Organismo se realiza bajo la fórmula de talleres `productivos y los internos que desempeñan los servicios auxiliares y mecánicos así como los que se ocupan del despacho de artículos en los puntos de venta están amparados y sujetos a la relación laboral especial penitenciaria.

Actualmente en los talleres del servicio de economato trabajan unos 1.500 internos y la encomienda de gestión al Organismo Autónomo ha contribuido al incremento de la oferta de trabajo productivo a los internos. Por otro lado, los beneficios que genera la explotación del servicio de economato revierte, en su totalidad, en el incremento de puestos de trabajo productivos en los talleres de actividades auxiliares y en acciones formativas de los internos..

Por último señalar que el Organismo Autónomo en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica General Penitenciaria (Art. 24) " los precios de venta de los productos en ningún caso serán superiores a los que rijan en la localidad en que se halle ubicado el establecimiento", ha suscrito acuerdos de fijación de precios con las principales marcas comerciales para su comercialización de sus artículos en los talleres de economato que gestiona.

Por otro lado,la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria establecía que " la concesión de las expendedurías de tabaco y timbre de los centros penitenciarios se entenderá otorgada por ministerio de la Ley, al Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario ..". , lo que permite que los Talleres de economato tengan la autorización pertinente del "Comisionado para el Mercado de Tabacos" del Ministerio de Economía y Hacienda y la consideración de puntos de venta autorizados como expendedurías de tabaco y efectos timbrados, realizando la venta de dichos artículos a los precios oficiales establecidos en cada momento.

 

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